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Categoría Acueducto
ASAMBLEA ORDINARIA AÑO 2010
Fuente/Autor: HVP

ASAMBLEA ORDINARIA AÑO 2010
ASOCIACION DE USUARIOS ACUEDUCTO DE CERRITOS

De acuerdo con los estatutos convocamos a la Asamblea Ordinaria de la Asociación de Usuarios del Acueducto de Cerritos a celebrarse en el Salón Mercurio de la sede de Fenalco en la Carrera 7ª # 16-50 tercer piso, el día viernes 26 de Marzo de 2010  a las  6:00 pm. Si no hay quórum la segunda convocatoria será para el día 26 de abril de 2.010.

El orden del día propuesto es el siguiente:

1. Verificación del Quórum
2. Nombramiento de los delegados para aprobar el acta de la Asamblea
3. Lectura del acta anterior.
4. Informe de la Dirección Ejecutiva.
5. Informe del Revisor Fiscal.
6. Aprobación de Estados Financieros y presupuesto 2.010
7. Elección Junta Directiva.
8. Elección Revisor Fiscal y su Suplente, fijación de honorarios.
9. Proposiciones y Varios.

REGLAMENTO PARA EL MANEJO DE ASAMBLEAS

1. Todos los propietarios de tierras en Cerritos que hayan comprado un derecho del Acueducto son oficialmente considerados socios y pueden participar en la Asamblea con derecho a voto.
2. Los socios que están en mora superior a 90 días no podrán votar en la Asamblea ni ser miembros de la Junta Directiva.
3. Los socios que hayan incurrido en fraudes o robos de agua no tendrán ni voz ni voto ni mucho menos podrán ser miembros de la Junta Directiva.
4. Cuando una propiedad y su derecho de agua aparecen a nombre de un número plural de personas, deberán enviar comunicación escrita con 48 horas de anticipación a la Asamblea informando quien los representará en la misma.  En su defecto solo el primero de la lista lo hará en forma automática.
5. Un socio le puede delegar su voto exclusivamente a otro socio.  El poder escrito y autenticado debe ser definido para cada Asamblea y debe ser registrado en la oficina de la Asociación de Usuarios del Acueducto de Cerritos 48 horas antes de la misma. 
6. Un socio solo puede representar a cuatro socios más, es decir que como máximo podrá emitir 5 votos en la Asamblea, contando el propio.  (Estatutos: Artículo 13).
7. Los socios tienen derecho a un voto en la Asamblea sin importar el número de cupos que posean a su nombre.  (Estatutos: numeral 3, artículo 10).
8. El revisor fiscal revisará los poderes y emitirá una lista de los socios que pueden participar y votar con 48 horas de anticipación a la Asamblea, para garantizar así la transparencia de este evento.  (Estatutos: artículo 9).
9. Para decretar la disminución del patrimonio de la Asociación, para variar su objeto social ó para donar sus activos se necesita el voto del 75% de la totalidad de los socios.  (Estatutos: artículo 34). 
10.Las Asambleas serán manejadas de acuerdo a los procedimientos parlamentarios tradicionalmente aceptados. Son dirigidas por el presidente de la junta directiva salvo que la asamblea elija a otra persona.
11.En las reuniones de la Asamblea, para deliberar y decidir se requiere de la asistencia y representación de un número de socios superior al 25% de todos los asociados. En la Asamblea por segunda convocatoria el quórum se logra con cualquier número plural de socios.  Las decisiones de las Asambleas se toman por mayoría absoluta de los votos presentes en la reunión. ( Artículo 15).


Atentamente,


Hernán Villegas Pinto
Director Ejecutivo

 

Ultima Actualización: 2010-03-05
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Ultima Actualización:  miércoles, 18 de febrero de 2009
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